Emisores de dinero electrónico y fondeo colectivo deberán operar con Ley Fintech en México

15 y 16 de abril de 2019
Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/

Fintech7 (1)Foto:Agencias.

 

Emisores de dinero electrónico y fondeo colectivo deberán operar con Ley Fintech en México

15 de abril, (ElEconomista).-Las plataformas de tecnología financiera (fintech) que en la actualidad operen modelos de fondeo colectivo (crowdfunding) o de fondos de pago electrónico tendrán que solicitar su autorización para continuar en el mercado y así estar bajo la ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF), o Ley Fintech, si es que quieren continuar con su operatividad.

Hace algunos días, surgió la versión de que ante los requisitos que pide la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para solicitar autorización de operar bajo la Ley Fintech, algunas plataformas podrían continuar operaciones fuera de esta normativa y bajo otra figura legal fuera del ecosistema financiero, lo que las dejaría fuera de la supervisión y regulación de las autoridades financieras.

Sin embargo, para Rocío Robles, encargada de supervisión de las Instituciones de Tecnología Financiera y Modelos Novedosos de la CNBV, operar fuera de la ley se podría siempre y cuando no se trate de plataformas que realicen actividades de fondeo colectivo o de emisión de dinero electrónico, pues éstas son actividades reservadas y, en caso de hacerlo, sin la autorización correspondiente de la autoridad, se actuaría al margen de la ley.

“(Con la Ley Fintech) se están regulando sólo dos tipos de plataformas. Se trata de las instituciones de fondeo colectivo y de las instituciones de fondos de pago electrónico, también conocidas como emisores de dinero electrónico. Estos son los únicos modelos que se regulan como una actividad reservada, supervisada, que debe ser autorizada por la CNBV, todos los demás pueden prestar servicios libremente, siempre que no caigan en actividades reservadas”, detalló la funcionaria.

Con la promulgación de la Ley Fintech, en marzo del 2018, se reservaron dos actividades financieras, la del fondeo colectivo y la de fondos de pago electrónico. Esto quiere decir que para su realización se requiere de una autorización de las autoridades financieras.

https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/Emisores-de-dinero-electronico-y-fondeo-colectivo-deberan-operar-con-Ley-Fintech-20190411-0094.html