En breve
Residencia
Existen 2 tipos de residencia:
Autorización de Estadía Temporal (MKV): Otorga el derecho a residir de manera temporal en el país. Puede ser solicitada por aquellas personas extranjeras que deseen permanecer el país por un período mayor a 90 días.
Residencia Permanente: Otorga el derecho a residir de manera permanente en el país. Puede ser solicitada por aquellas personas que deseen extender su tiempo de estadía al contar con una Autorización de Estadía Temporal (MKV).
Permiso de trabajo
Es requerido por todo extranjero que desee realizar actividades remuneradas en el país.
Nacionalidad
Existen 2 formas de adquirir la nacionalidad:
Por Nacimiento: aplicable a hijos legítimos de al menos un padre ciudadano nacional; personas nacidas en territorio nacional, exceptuando personas que al nacer hayan recibido otra nacionalidad; hijos adoptados por ciudadanos nacionales o adoptados dentro del territorio nacional.
Por Naturalización: ésta se divide en 3 grupos. 1) Naturalización General: ciudadanos nacionales que renunciaron a su nacionalidad, extranjeros con un mínimo de 5 años de residencia en el país, hijos de personas cuya nacionalidad es desconocida o apátridas. 2) Interés del Estado: otorgable a través de Decreto Presidencial a personas cuyos vínculos con el país son beneficiosos para el Estado. 3) Por Opción: aplicable a personas que hayan renunciado a su nacionalidad de Surinam.
Doble nacionalidad
Aplican restricciones
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