En breve
Residencia
Existen 2 tipos de residencia:
Residencia Temporal: Otorga el derecho a residir de manera temporal en el país. Puede ser solicitada por aquellas personas que ingresan al país con el fin de prestar servicios como personal contratado por el gobierno o por entidades autónomas o semi-autónomas.
Residencia Permanente: Otorga el derecho a residir de manera permanente dentro del país. Puede ser solicitada por aquellas personas cuyos países de origen tengan convenios con Panamá, sean jubilados, inversores, padres de hijos nacidos en Panamá, etc.
Permiso de trabajo
Aquellas personas que tengan autorización de residencia deberán solicitar un permiso de trabajo para poder realizar actividades remuneradas. Esta autorización debe tramitarse ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.
Aquellas personas que sean residentes sin permiso de trabajo no podrán legalmente ejercer actividades remuneradas en el país.
Nacionalidad
Existen 3 formas de adquirir la nacionalidad:
Por Nacimiento: aplicable a personas nacidas en territorio nacional; a personas nacidas en el extranjero que se residencien en el país y tengan al menos un padre ciudadano nacional; y a personas que tienen un padre ciudadano nacional por naturalización y que se residencien en el país y apliquen en un período no mayor a 1 año posterior a cumplir la mayoría de edad para obtener la nacionalidad.
Por Naturalización: aplicable a extranjeros que desean naturalizarse y estén dispuestos a renunciar a su nacionalidad de origen. Otorgable a: extranjeros que han residido en Panamá por 5 años continuos o más, extranjeros con 3 años de residencia cónyuges de ciudadanos nacionales o con hijos nacidos en territorio nacional, extranjeros nacionales de España o Latinoamérica con residencia establecida en el país.
Por Dispensación Especial: aplicable a menores de 7 años que han sido adoptados por un ciudadano nacional.
Doble nacionalidad
Permitida solo a ciudadanos nacionales por nacimiento.
Para más detalles consultar
https://www.migracion.gob.pa/permisos-y-requisitos-para-visas/permisos-migratorios