En breve
Residencia
Existen dos tipos de residencia:
Residencia Temporal. Otorga el derecho a residir de manera temporal en el país por un tiempo definido de acuerdo con el propósito de su residencia, de acuerdo con las categorías establecidas por el Instituto Guatemalteco de Migración.
Residencia Permanente. Otorga el derecho a establecerse en el país de manera permanente. Puede ser solicitada por aquellas personas que tengan un permiso de residencia temporal, o quienes cumplan con los requisitos establecidos.
Permiso de trabajo
Toda persona extranjera deberá solicitar un permiso para realizar actividades remuneradas en el país.
Nacionalidad
Existen 2 formas de adquirir la nacionalidad:
Por Nacimiento. Aplicable a toda persona nacida en territorio nacional, a personas nacidas en el extranjero a padres nacionales, y nacionales de países que fueron parte de la República Federal de Centroamérica y que residen en Guatemala y solicitan la naturalización.
Por Naturalización. Aplicable a toda persona que cumpla con los requisitos de idioma y sea: extranjero con no más de 1 año de ausencia dentro de un período de 5 años, extranjero que haya residido en el país por 10 años, extranjeros con habilidades especiales que hayan residido en el país por un mínimo de 2 años, o personas apátridas.
Doble nacionalidad
Permitida si existe un tratado de doble nacionalidad entre ambos países.
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