Caracas. El Gobierno de Colombia sancionó el miércoles 4 de agosto la Ley de Política Migratoria que, según dijo el presidente, Iván Duque, «define lineamientos relacionados con los requisitos de ingreso al país y el otorgamiento de visas, fortalece medidas contra la trata de personas y genera condiciones para el fortalecimiento de la comunidad de colombianos en el exterior«.
Asimismo, el Gobierno aprobó la Ley de Fronteras, que le permitirá al Gobierno colombiano «mejorar la agenda de desarrollo en los puntos de frontera». «Nos permitirá mejorar la coordinación a través de las comisiones binacionales de frontera, que pudiéramos tener estatutos tributarios diferenciados para ciertos aspectos, que pudiéramos movilizar políticas de registro y enfrentar los riesgos de apatridia”, destacó Duque.
El mandatario colombiano aseguró que en este momento hay 1,2 millones de venezolanos que se han registrado para recibir los beneficios del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes, lo que les permitirá permanecer de manera regular por un período de 10 años, al cabo del cual deberán adquirir una visa de residente si desean permanecer en el país.
Tras la sanción de esta Ley de Política Migratoria seguirá la reglamentación.
A quiénes va dirigida
- Los colombianos en el exterior
- Los colombianos que retornan a su país
- Los extranjeros que han ido a vivir a Colombia
Algunos puntos que contempla
- De acuerdo con lo que ha trascendido, define los requisitos y condiciones de ingreso, permanencia de extranjeros, otorgamiento de visas y aplicación del régimen legal de nacionalidad.
- Establece un marco regulatorio articulado y flexible para promover y garantizar una migración segura, ordenada y regular.
- Se propone atraer una migración calificada.
- El Gobierno se propone, junto con el sector productivo, identificar sectores de la economía en la que la mano de obra migrante sea necesaria y así promover incentivos migratorios para atraerla a Colombia.
- Define acciones de acompañamiento para el retorno de colombianos, entre las que destacan la facilitación de requisitos.
- Agilizar los procesos de convalidación y homologación de títulos universitarios y disminuir sus costos. La convalidación y homologación deberán realizarse directamente en la institución de Educación Superior en la que el interesado desee continuar sus estudios.
- Aquellos migrantes que hayan adelantado estudios en el exterior y no los hayan finalizado, podrán convalidarlos directamente con las instituciones de educación superior.
- Las instituciones de educación superior de Colombia podrán homologar, reconocer créditos, saberes o competencias adquiridas por los estudiantes de una institución de educación superior extranjera cuyos títulos no fueron objeto de convalidación para culminar sus estudios en Colombia, o aquellos títulos denominados universitarios no oficiales o propios que fueron otorgados con posterioridad a la vigencia de la Ley 1753 de 2015, advierte la ley.
Con información de EFE, El Tiempo y Semana