El gobierno de Panamá levantó la inhabilitación de los registros sanitarios de productos cárnicos procesados provenientes de Brasil, que regía desde el 23 de marzo de este año.
Del comunicado de la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (Aupsa):
La Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA) levantó la inhabilitación de los registros sanitarios de productos cárnicos procesados provenientes de Brasil por no estar relacionados con la investigación que se realiza en ese país sureño.
Mediante Resolución N° 004-CTI-2017 de 21 de marzo de 2017, la Autoridad había inhabilitado temporalmente los registros sanitarios de los productos cárnicos de Brasil como medida preventiva.
Luego de realizar las investigaciones correspondientes y con base a las notificaciones de las autoridades sanitarias de Brasil, los productos de origen cárnicos que hasta la fecha se importan y comercializan a Panamá, “ no están relacionados de ningún modo, con la investigación en la cual la Policía Federal reveló supuestas irregularidades en 21 plantas en los estados de Paraná, Minas, Gerais y Gias, según oficio N° 07/64/17-FD2 del Ministerio de Agricultura Pecuaria y Abastecimiento de Brasil”.
De conformidad con el informe técnico presentado por la Dirección Nacional de Normas para la Importación de Alimentos, la autoridad sanitaria de la República de Brasil y las empresas productoras sustentaron que los productos cárnicos procesados cumplían con los procedimientos de satisfacción y por ende con los requisitos sanitarios.
La resolución 011-CTI-2017, del 5 de mayo de 2017, publicado en Gaceta Oficial, habilita los registros sanitarios de los productos cárnicos procesados, como jamonillas y salchichas enlatadas que se encuentran debidamente registradas en el sistema de Registro Sanitario de Alimentos Importados de AUPSA.
En su artículo 3 se instruye a la Dirección Nacional de Normas para la Importación de Alimentos, a través del Departamento del Registro Sanitario y la Dirección de Verificación de Alimentos que realicen los trámites de notificación a los interesados sobre dicha resolución.
Aclaramos que debido a lo anterior, se autorizó a las empresas que tenían productos en expendio y fueron retirados de forma preventiva, únicamente a comercializar los que se encuentran registrados formalmente en AUPSA hasta agotar la existencia puesto que los mismos son aptos para el consumo humano.