Créditos: http://www.aladi.org
Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Chile suscribieron, en el ámbito de la ALADI, el Quincuagésimo Octavo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N°. 35, mediante el cual se incorpora a dicho Acuerdo la posibilidad de certificar el origen de los bienes de manera digital, siempre y cuando dichos certificados se emitan siguiendo los procedimientos y especificaciones técnicas desarrollados en el ámbito de la ALADI establecidos por Resolución 386 del Comité de Representantes.
La Resolución 386 fue adoptada el 4 de noviembre de 2011 por el Comité de Representantes, órgano político permanente de la ALADI, y en ella se estableció que la certificación de origen en formato digital y con firma digital tendrá la misma validez jurídica que la certificación tradicional basada en el formato en papel y la firma autógrafa, siempre y cuando dicho compromiso de equivalencia sea formalizado en el ámbito del acuerdo comercial de que se trate.
Cabe recordar que, en febrero de 2011, Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay formalizaron en el ámbito del ACE 18 la posibilidad de emitir Certificados de Origen Digitales de acuerdo a las especificaciones establecidas en la ALADI.
El Secretario General, Carlos Chacho Alvarez, destacó que la suscripción de este Protocolo, así como del correspondiente al ACE 18, juega un papel fundamental, puesto que establece la base jurídica para la utilización de la Certificación de Origen Digital en el ámbito de los referidos acuerdos, dotando a la certificación de origen de mayores estándares de seguridad.