Resumen
Antecedentes
  1. Mediante su Decisión N° 527 “Vinculación de la Secretaría Permanente del SELA y su programa de trabajo con el proceso de conformación de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños, CELAC”, de octubre 2011, el Consejo Latinoamericano solicita a la Secretaría Permanente del SELA que en la ejecución de su Programa de Trabajo para 2012 otorgue prioridad a las actividades de la CELAC y atienda a las decisiones que se adopten por los Jefes de Estado y de Gobierno de la región en la mencionada Cumbre y le instruye convocar una reunión de representantes de los Estados Miembros del SELA con posterioridad a dicha Cumbre.
  2. Visto que la Cumbre de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC) tuvo lugar en Caracas, los días 2 y 3 de diciembre de 2011, y previa consulta con la Mesa Directiva del Consejo, se convoca la prevista reunión de Representantes para el 3 de abril próximo, en la sede de la Secretaría Permanente.

El objetivo básico de esta reunión es realizar un intercambio de opiniones acerca del apoyo que la Secretaría Permanente del SELA podría brindar a la Presidencia Pro Tempore de la CELAC, a cargo del Gobierno de Chile, en la ejecución de sus actividades y su incidencia en el Programa de Trabajo del SELA.

La Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC)

Los días 2 y 3 de diciembre de 2011, en el marco de la III Cumbre de América Latina y el Caribe sobre Integración y Desarrollo (CALC) y la XXII Cumbre del Grupo de Río, realizadas en Caracas con la asistencia de los 33 Jefes de Estado y de Gobierno de los países de la región, se puso en marcha la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC) “…como mecanismo representativo de concertación política, cooperación e integración de los Estados latinoamericanos y caribeños y como un espacio común que garantice la unidad e integración de nuestra región” (Declaración de Caracas, Párr. 31).

Como resultado de ambas Cumbres, los mandatarios suscribieron un conjunto de más de veinte documentos, en tres de los cuales se sientan las bases de la creación de la CELAC: la “Declaración de Caracas”, los “Procedimientos para el funcionamiento orgánico de la CELAC” y el “Plan de Acción de Caracas 2012”.

    1. La Declaración de Caracas establece un conjunto de lineamientos políticos que han de servir de marco de referencia para la actuación de la Comunidad, particularmente en lo relativo a la puesta en aplicación del Plan de Acción de Caracas. En el contexto del análisis encomendado por la Decisión 527 del Consejo Latinoamericano conviene resaltar de manera particular los siguientes enunciados mediante los cuales los Jefes de Estado y de Gobierno acuerdan:

       

      “… que la unidad e integración (…) constituye (…) una necesidad para enfrentar con éxito los desafíos que se nos presentan como región” (Párr. 7).

       

      “… que nuestros países han avanzado en procesos de integración regional y subregional y en la conformación de diversos mecanismos (…) que constituyen un sólido cimiento a partir del cual edificamos la Comunidad (…)” (Párr.10).

       

      “… continuar unificando esfuerzos y capacidades para impulsar el desarrollo sostenible de la región, concentrando los esfuerzos en el creciente proceso de cooperación e integración política, económica, social y cultural…” (Párr. 25).

       

      “… avanzar sobre la base de nuestros principios en el fortalecimiento y consolidación de la cooperación latinoamericana y caribeña, en el desenvolvimiento de nuestras complementariedades económicas y la cooperación Sur-Sur, como eje integrador de nuestro espacio común y como instrumento de reducción de nuestras asimetrías.”(Párr.27).

       

      “Que la CELAC (…) es la más alta expresión de nuestra unidad en la diversidad” (Párr. 28) y que “… impulsará planes de acción para la implementación y cumplimiento de compromisos plasmados en las Declaraciones de Salvador de Bahía y de Cancún, en el Plan de Acción de Montego Bay y en el Programa de trabajo de Caracas” (Párr. 29), todo ello “… en base a los principios de flexibilidad y participación voluntaria …” (Párr. 30), incorporando el Plan de Acción de Caracas 2012 a la propia Declaración (Párr. 33), invitando a la Presidencia Pro Tempore a implementarlo (Párr. 35), y a los “mecanismos y organismos regionales a que promuevan entre ellos la comunicación, cooperación, articulación, coordinación, complementariedad y sinergia cuando corresponda y a través de sus respectivos órganos directivos para contribuir a alcanzar los objetivos de integración planteados (…) asegurando el óptimo uso de los recursos y la complementariedad de esfuerzos” (Párr. 36).

       

    2. El Plan de Acción de Caracas 2012 establece, entre sus objetivos, “Fortalecer y profundizar los procesos de integración de nuestras economías en el ámbito regional, subregional y bilateral, a los fines de garantizar la conformación de un espacio latinoamericano y caribeño”.

       

      A tales fines, el Plan contiene un conjunto de pautas destinadas a profundizar la complementariedad y cooperación entre los mecanismos regionales y subregionales, así como la coordinación entre sus instancias de dirección. A tales fines, el Plan dispone que el diálogo entre esos mecanismos continúe estructurado en cinco ámbitos:

 

  1. Económico-comercial, para el cual se contempla el establecimiento de un grupo de trabajo que elabore propuestas de acción en un conjunto de áreas.
  2. Productivo, para el cual se incluye el “valorar la posibilidad de celebrar una conferencia latinoamericana y caribeña sobre desarrollo productivo e industrial”.
  3. Social, en el cual se plantea crear un grupo de trabajo para elaborar una Agenda Estratégica de Coordinación Regional.
  4. Cultural, que incluye el “realizar una reunión entre mecanismos regionales y subregionales de integración sobre integración cultural e incentivos al desarrollo de las industrias creativas”.
  5. Energía, que incluye crear en el marco de la institucionalidad de la CELAC una instancia conformada por la autoridad nacional de cada país en materia energética. En suma, del recuento de los acuerdos tomados en la Cumbre de Caracas, es posible desprender una serie de lineamientos estratégicos para avanzar hacia las metas trazadas para la CELAC. Dentro de “la unidad en la diversidad” como principio rector, y a manera de recapitulación éstos serían:
    • Continuidad: edificar sobre lo ya existente;
    • Concentrar esfuerzos en áreas prioritarias y sobre la base de un fortalecimiento y consolidación de la cooperación intrarregional;
    • Flexibilidad y participación voluntaria;
    • Comunicación, cooperación, coordinación, complementariedad y sinergias entre organismos regionales, en apoyo a los objetivos trazados;
El SELA

1.- Proyección institucional

El Sistema Económico Latinoamericano y del Caribe (SELA), establecido mediante el Convenio Constitutivo de Panamá en 1975, es la organización intergubernamental exclusivamente latinoamericana y caribeña de mayor amplitud en términos del número de Estados Miembros de la región (28), y de mayor cobertura geográfica. En ella participan países de todas las subregiones de América Latina y el Caribe. No tiene presencia de países extrarregionales ni en su membresía ni a nivel de observadores. Con su creación se constituyó el primer organismo propio de la región en su conjunto.

El Consejo Latinoamericano ha expresado de manera reiterada su deseo de que los pocos países de la región que aún no son parte del Sistema, en particular países miembros de la Organización de los Estados del Caribe Oriental (OECO), se adhieran al mismo y ha encomendado al Secretario Permanente realizar gestiones para promover su incorporación. Estos Estados son Antigua y Barbuda, Dominica, Montserrat, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, y San Vicente y Las Granadinas, con cuya adhesión al Convenio Constitutivo de Panamá, el SELA pasaría a contar con 34 Estados Miembros.

 

2.- Objetivos, estructura institucional y base jurídica

En su artículo 5, el Convenio de Panamá constitutivo del Sistema Económico Latinoamericano establece los objetivos del SELA, los cuales son:

  • Promover la cooperación regional, con el fin de lograr un desarrollo integral, auto-sostenido e independiente;
  • Apoyar los procesos de integración de la región y propiciar acciones coordinadas de éstos con Estados Miembros del SELA, y en especial aquéllos que tiendan a su armonización y convergencia, respetando los compromisos asumidos en el marco de tales procesos;
  • Promover la formulación y ejecución de programas y proyectos económicos y sociales de interés para los Estados Miembros;
  • Actuar como mecanismo de consulta y coordinación de América Latina y el Caribe para formular posiciones y estrategias comunes sobre temas económicos y sociales ante terceros países, agrupaciones de países y en organismos y foros internacionales; y,
  • Propiciar, en el contexto de los objetivos de cooperación intrarregional del SELA, los medios para asegurar un trato preferente para los países de menor desarrollo relativo, y medidas especiales para aquéllos de mercado limitado o cuya condición mediterránea incida en su desarrollo.

Para cumplir con estos objetivos, el SELA dispone de tres órganos:

  • el Consejo Latinoamericano, como instancia política de decisión y de carácter ministerial que aprueba y supervisa sus programas de trabajo;
  • la Secretaría Permanente, que es el órgano técnico administrativo dirigido por un Secretario Permanente; y,
  • los Comités de Acción, entes administrativamente autónomos que se forman entre más de dos Estados miembros para la realización de estudios, programas y proyectos específicos, y para la adopción de posiciones negociadoras conjuntas de interés de sus participantes. Adicionalmente, los Estados Miembros, reunidos en Consejo Latinoamericano, soberanamente, podrán constituir grupos de trabajo, comisiones y cualesquiera otros mecanismos adecuados para desarrollar la cooperación y la coordinación entre sí.

Para realizar y alcanzar los objetivos del SELA, se diseñó una estructura orgánica que tiene como propósito ser lo más flexible y pragmática posible y que está orientada predominantemente a la acción.

En cuanto a su ordenamiento jurídico, el SELA es una institución intergubernamental de derecho público internacional que se rige por el Convenio de Panamá y su Reglamento, y por la Decisiones que adopta el Consejo Latinoamericano cada año, las cuales ascienden actualmente a un número de 530.

3.- Breve reseña de su actuación

En la primera década de su existencia, el SELA sirvió de foro de consulta y concertación ante numerosos desarrollos y eventos regionales y extrarregionales de interés común facilitando la adopción de posiciones concertadas y de un frente común de relacionamiento externo en un escenario global caracterizado por importantes cambios en las relaciones económicas internacionales.

A nivel de la cooperación regional, facilitó la creación de 16 Comités de Acción destinados a desarrollar la cooperación económica y técnica en distintos áreas económicas y sociales de interés de sus respectivos países constituyentes, los cuales a través del tiempo dieron lugar a instituciones de diversa índole y objetivos, tales como empresas multinacionales, comisiones, programas y redes de incidencia tanto subregional como regional. Algunas de esas instituciones se mantienen activas en la actualidad.

En el transcurso de los años subsiguientes y hasta la actualidad, la acción del organismo se ha centrado en (i) elaborar estudios analíticos y propositivos en los diversos campos establecidos en sus programas anuales de trabajo; (ii) realizar reuniones de carácter regional destinadas al diálogo e intercambio de opiniones sobre determinadas materias, que coadyuven a su tratamiento a escala regional o, para concertar eventuales posiciones conjuntas para su ejecución en la región misma, o ante terceros países o agrupaciones extrarregionales; (iii) realizar reuniones de coordinación intergubernamentales y seminarios de expertos en áreas generales y específicas de cooperación regional; (iv) otorgar asistencia técnica a Estados Miembros en materias específicas cuando así lo soliciten y dentro de las competencias del organismo; y (v) desarrollar actividades de capacitación.

De esas actividades, entre otros resultados, se han derivado Programas Regionales de Cooperación en distintas áreas de carácter técnico y social, entre otras, en materia de Salud, Educación, Facilitación del Comercio, Ventanillas Únicas de Comercio Exterior, Seguridad Alimentaria y apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa (PYMES).

En la actualidad, el Programa de Trabajo de la Secretaría Permanente se articula en torno a tres ejes: relaciones intrarregionales, cooperación económica y técnica, y relaciones extrarregionales. Para el año 2012, el Programa de Trabajo adoptado por el Consejo Latinoamericano es el resultado del exhaustivo ejercicio de reflexión y consulta entre los Estados Miembros y de éstos con la Secretaría Permanente, llevado a cabo desde el año 2010, con la finalidad de propiciar el mayor impacto del trabajo de la organización en la integración, la cooperación y el desarrollo económico con inclusión social.

Consideraciones generales

El SELA constituye, como fue señalado, la primera expresión institucional de una voluntad política por parte de la región - entendida ésta en su más amplia acepción geográfica y política - por contar con un mecanismo regional de decisión propio, independiente de toda otra estructura multilateral, en el marco de la cual, como lo señala el Convenio de Panamá, en su artículo 2, adelantar tareas de “consulta, coordinación, cooperación y promoción económica y social conjunta, de carácter permanente, con personalidad jurídica internacional, integrado por estados soberanos latinoamericanos”.

El SELA, en síntesis, surgió de la necesidad de contar con un foro flexible y pragmático para la acción, en el cual participasen en un pie de igualdad todos los países de América Latina y el Caribe y que respondiera a las exigencias e intereses de la realidad económica, social y política de la región.

El concepto de “sistema” para llevar adelante sus tareas configura, en segundo lugar, una característica institucional única del SELA tanto por las posibilidades de flexibilidad y voluntariado que favorece, como por aquéllas de consulta y coordinación, y por ende de sinergia, que explícitamente propugna.

La trayectoria del SELA en el descargo de estas responsabilidades ha estado naturalmente influenciada por la evolución de la región en su búsqueda de fórmulas eficientes de cooperación, integración y relacionamiento externo, en sus etapas de regionalismo auto-centrado y de regionalismo abierto, así como por el entorno internacional en el cual se ha desenvuelto. En alguna medida puede considerarse que las potencialidades que brinda el Convenio de Panamá no han sido puestas aún a la prueba de un diseño estratégico regional de largo plazo.

La constitución de la CELAC plantea una nueva y bienvenida realidad. Aborda de manera muy pragmática la cuestión institucional regional al descartar la idea de la preeminencia de una cualquiera de las organizaciones que conforman, y de la premisa de construir sobre lo existente, de voluntariado pero también de prioridades convenidas, para alcanzar las cuales se exige un esfuerzo de coordinación, de apoyo mutuo y de sinergias interinstitucionales.

Queda también claramente establecido que corresponde a la Presidencia Pro Tempore de la Comunidad dar los primeros pasos hacia la implementación del Plan de Acción de Caracas 2012, y que será en principio sobre dicha base que los organismos regionales, incluido el SELA, sumarán esfuerzos, debiendo quedar ello reflejado en sus programas de trabajo.

Agenda

Martes, 3 de abril de 2012

 

10:00 SESIÓN INAUGURAL
10:15 RECESO

 

10:45 DEBATE
  • Intercambio y debate entre los Representantes de los Estados Miembros del SELA
12:00 CLAUSURA
  • Resumen por parte del Presidente del Consejo Latinoamericano del SELA
Documentos