Decreto 597 Aprueba nuevo reglamento de extranjería - Chile
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Autor institucionalMinisterio del Interior - Chile
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Fecha14 de Junio de 1984
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Páginas62
Descriptores Temáticos
OBSERVATORIO DE MIGRACIONES DEL SELA ,
DECRETO 597 MIGRACIÓN CHILE ,
POLÍTICA MIGRATORIA DE CHILE ,
GOBERNANZA MIGRATORIA
Artículo 1°.- El ingreso al país, la residencia, la permanencia definitiva, el egreso, el reingreso, las sanciones y el control de los extranjeros se regirán por el Decreto Ley N° 1.094, de 19 de Julio de 1975 y sus posteriores modificaciones, el presente Reglamento y el Decreto con Fuerza de Ley N° 69, de 27 de Abril de 1953.